este Tribunal de Control N° 04, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA PRIMERO: Como punto previo se pronuncia en cuanto a la solicitud de sobreseimiento presentada por el Defensor Público Séptimo, defensor del acusado José Alexander Cariño, conforme a los Art. 330 Ord. 3 y 318, Ord. 1 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal observa: Que no concurren las causales establecidas en el Art. 318 del Código Orgánico Procesal penal para declarar el sobreseimiento contra del ciudadano José Alexander Cariño, por cuanto se desprende de la acusación Fiscal que los hechos objeto del proceso se realizo por tal motivo, se declara sin lugar la solicitud de sobreseimiento. Igualmente pasa a decidir lo solicitado por el Abg. José Luis Ojeda, defensor de Miguel Antonio Escalona, quien solicita ante este Tribunal el sobreseimiento de la causa a favor de su defendido conforme a los Art. 330 y 321 del Código Orgánico Procesa.....