este Juzgado de los Municipios Sucre, la Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: HOMOLOGA en los mismos términos en que fue expuesto, la transacción formulada por el ciudadano JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nº 3.706.663, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio YARIDA DEL CARMEN ROMERO R. quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 94.848, parte demandante en el presente proceso de DESALOJO Y PAGO DE CANON DE ARRENDAMIENTO y por la ciudadana CARMEN COROMAR CUATELA MEJÍA, titular de la cédula de identidad Nº 14.443.175, debidamente representada por la Abogada en ejercicio MILENA ARISTIMUÑO DEL VALLE, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 54.818, parte demandada del mismo. En consecuencia, procedase como sentencia pasada, con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el Artículo 255 y 256 del Có.....