DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia establece al ciudadano: ANDRÉS EDUARDO AGÜERO GUEVARA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.464.155 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación alimentaria mensual a favor de su hija la adolescente: (Identificación Reservada), por la cantidad de TRESCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 320, 00) mensuales, que deberá consignar en efectivo, al inicio de cada mes, por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Segundo: Cumplir, adicionalmente a lo fijada como obligación alimentaria mensual, con el pago de una cuota extra entre los meses de agosto y diciembre de QUINIENTOS BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CENTÍMOS (Bs. 500,85) para que la adolescente beneficiari.....