PRIMERO: ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado ORIEL ANTONIO PEREZ RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la presunta parte agraviada ciudadano ALFREDO RICARDO MIRANDA RODRÍGUEZ, por Omisión de Pronunciamiento, en contra de la abogada WENDY YANEZ, en su condición de Jueza Titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Yaracuy, en el Juicio de ACCIÓN REIVINDICATORIA interpuesta por el ciudadano ALFREDO RICARDO MIRANDA RODRÍGUEZ contra la ciudadana DAYANA VICTORIA YOVERA, en el expediente signado con el Nº 6691 de la nomenclatura interna de ese Juzgado.
SEGUNDO: Se declara de MERO DERECHO la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el Abg. ORIEL ANTONIO PEREZ RODRIGUEZ, en su condición de apoderado judicial del ciudadano ALFREDO RICARDO MIRANDA RODRÍGUEZ, por Omisión de Pronunciamiento en contra de la abogada WENDY YANEZ en su condición de Jueza Titular del Juzgado Tercero de Primera Instan.....