Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara EL DECAIMIENTO DE LA INSTANCIA, en la presente causa relativa a la solicitud de AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR, interpuesta por MARIA ESPERANZA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 11.274.472, a favor de la niña Identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes, actualmente de 6 años de edad.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy