Por todo lo expuesto, este Juzgado de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: DECRETAR LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA, que en su oportunidad le fue impuesta a IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, como sanción, por la comisión del delito de Lesiones Personales Graves, en perjuicio del ciudadano ARAMIS MOISÉS MENDOZA ALVARADO. Cesación que se declara en virtud de haber sido cumplida íntegramente tal medida restrictiva de derecho, de acuerdo a lo establecido en el artículo 647 literales a) y h), en concordancia con el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se acuerda su LIBERTAD PLENA.