DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y
en consecuencia se establece al ciudadano: ERIK JOSÉ SANABRIA MONTOYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.995.910, y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención semanal a favor de su hijo el niño: (Identificación Reservada) de siete (7) años de edad y de este domicilio, por la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 298,50), semanales, que deberá consignar por ante este juzgado o a la cuenta que se abra para tal fin..
Segundo: Adicionalmente el demandado deberá cumplir con el pago de una cuota especial entre los días 15 de agosto al 15 de septiembre de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) para contribu.....