este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos: LILIBETH JOSEFINA PARADAS GUEVARA, JOSE LUIS PARADAS GUEVARA, DILKA COROMOTO PARADAS GUEVARA, SANDRO JOSE, PARADAS GUEVARA y NELSON GUEVARA, titulares de las cédulas de identidad Nros V-12.938.869, V-13.096.487, V-13.797.725, V-13.096.485 y V-10.533.353 respectivamente, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad del INTI, el cual mide CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (193,96 MTS2)