DISPOSITIVO
En razón a lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer sobre la presente solicitud de Titulo Supletorio, realizada por la ciudadana OMAIRA MERCEDES PARADAS FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.937.021, domiciliada en el sector Primero de Julio, entre calles 1 y 2, Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, representada judicialmente por el Defensor Público Primero Agrario del Estado Yaracuy abogado OSMONDY CASTILLO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 8.674.454, inscrito en el IPSA bajo el N° 56.246, y de este domicilio. SEGUNDO: Se declara procedente la pretensión, en virtud de que, cumple con todos los requisitos exigidos por la Ley. TERCERO: En consecuencia, .....