declara: INADMISIBLE la solicitud interpuesta por la ciudadana REINA MERCEDEZ JIMENEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad número V-5.459.752 y domiciliada en la Urbanización Luisa Cáceres de Arismendi, Manzana A, casa número 4, Municipio Independencia, estado Yaracuy, asistida por la Abogada Gloria Evelina Giménez González, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-7.589.584, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 119.215, con domicilio procesal en la calle 12, entre avenidas 9 y 10, Edificio Cadi, planta baja, San Felipe, estado Yaracuy.
No hay condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en la ciudad de San Felipe, a los catorce (14) días del mes de mayo de dos mil catorce (2014).
EL JUE.....