Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado CARLOS ALFREDO PEREZ TERAN, Inpreabogado Nros. 58.510, Apoderado Judicial de la Empresa GRUPO AVICOLA OMEGA C.A. y por el ciudadano MOISES ANTONIO OROZCO GRATEROL, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.210.029, co-demandados en el juicio de Cobro de Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano FRANZ GUILLERMO TORRELLAS GARCIA, contra la sentencia dictada en fecha 05 de mayo de 2005 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: QUEDA CONFIRMADA la sentencia apelada.
TERCERO: Se condena en costas al recurrente de conformidad con el artículo 61 de la Ley Orgán.....