PRIMERO: CON LUGAR la defensa de falta de cualidad pasiva alegada por la representación judicial de las empresas codemandadas Transporte Paccor, C.A. y Transporte Paf, C.A.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por los ciudadanos Omar González y Elvis Landínez, contra de las sociedades mercantiles Transporte Paccor, C.A, Transporte Paf C.A y solidariamente la empresa Molinos Venezolanos, C.A. (Molvenca), todos identificados ut supra.
TERCERO: No hay expresa condenatoria en costas a los demandantes, de conformidad con el artículo 64 de la ley adjetiva laboral, por no constar acreditado en autos que percibieran más de tres (3) salarios mínimos.
CUARTO: Remítanse las presentes actuaciones al tribunal de origen una vez que trascurra el lapso establecido en la ley.