DECISIÓN
En virtud de las anteriores consideraciones y fundamentos de hechos y de derecho, a tenor de lo dispuesto en los artículos 362 y 887 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO DE INMUEBLE, sigue la ciudadana FROILA BRICEÑO SIERRA, en su carácter de apoderada judicial de la "Fundación Centro de Investigaciones del Estado para la Producción Experimental Agroindustrial (C.I.E.P.E)", en contra del ciudadano, JUAN CARLOS AROCHA, antes identificado.
SEGUNDO: SE ORDENA al demandado de autos, ciudadano JUAN CARLOS AROCHA, antes identificado, hacerle entrega del inmueble ubicado en la Urbanización El Ciepito, Calle 01, Casa N° 06, Avenida Las Américas, ent.....