Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos TEODULO JESUS MARTINEZ MARTINEZ y DILCIA COROMOTO RODRIGUEZ SEQUERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédula de identidad Números V-7.302.894 y V-7.464.587 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada JAIRO ARIEL RIOS, Inpreabogado Nº 128.119. En consecuencia, con respecto a la niña identidad omitida según articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescentes, de 10 años de edad, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres y en cuanto a la custodia será ejercida por la ma.....