REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa, 14 de Julio de 2.010
200° y 151°
Vencidos como se encuentran los lapso procesales correspondientes al Abocamiento del nuevo Juez Provisorio de este Juzgado, y en cumplimiento con el Principio Constitucional y Procesal de Inmediación el cual se encuentra previsto en el artículo 166 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, principio que rige la Jurisdicción Agraria desde la promulgación de la mencionada ley especial; y que debe obedecer el Juez conocedor del Derecho Agrario. Al respecto, este Tribunal considera propio hacer referencia a la sentencia emitida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancaria y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de fecha (22-01-2008) la cual dispone:
"...omisis...Con la promulgación de la Ley de Tierra.....