Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada, a los fines de la suspensión temporal de la discusión del proyecto de contratación colectiva presentado por el por el profesional del derecho Nelson Arispe Suarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.152, en representación de los trabajadores Juan Carlos Rodríguez y Otros en la demanda por concepto de tercerización incoada en contra de la empresa SERVICIOS DE OPERACIÓN Y LOGISTICA C.A. y Solidariamente NESTLE DE VENEZUELA S.A.