DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos y basada en la normativa señalada, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescentes, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA: LA PRESCRIPCIÓN DE LA SANCIÓN DE SEMI-LIBERTAD, impuesta por el lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con el articulo 627 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ejecutada al joven Efrén Rafael Guzmán López, antes identificado, en virtud de haber sido declarado Responsable de la comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Cooperador Inmediato, previsto en el artículo 458, en concordancia con el 83 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Luisa Josefina Navarro y otros, de acuerdo a lo preceptuado en el articulo 616 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente..
Publíquese, Diarícese y notifíquese a las partes y ofíciese al Equipo Técnico adscrito a esta Sección de Ado.....