DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación presentada por la parte defensora, representada por el Abogado Roberth Brizuela, y revoca en su totalidad la decisión dictada por el Juzgado de Control N° 2 de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal de fecha treinta (30) de noviembre de 2005, en el Asunto signado UP01-D-2004-000212, con fundamento en los artículos 561 literal "d" y 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 48 numeral 8 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados como norma supletoria conforme a lo dispuesto en el último aparte del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescen.....