Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; e igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado y a su vez considera necesario la comparecencias de las partes Demandante, en la persona del ciudadano: PEDRO RAFAEL GONZALEZ B, identificado en autos, como la parte demandada en la persona del ciudadano: CARLOS LUIS INFANTE PERDOMO, antes identificado, a la Celebración de la próxima Audiencia aquí Prolongada, por lo tanto se les insta a los Apoderados de las partes comparecer a la Próxima Audiencia aquí prolongada en compañía de sus representados, por consiguiente, se PROLONGA esta Audiencia Preliminar para el día MIERCOLES 26-10-2005, a las 11:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Ambas partes de mutuo y común acuerdo est.....