..., DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de junio de 2.012 por la abogada Daniela Albarran inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 118.034, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante donde apeló del auto de fecha 18 de junio de 2.012, dictado por el Juzgado de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en la cual fue negada la medida de prohibición de enajenar y gravar del inmueble descrito en el escrito libelar.
Se condena en costas procesales al recurrente de conformidad con el artículo 281 del código de procedimiento civil.