Por tanto, probada la existencia de la UNIÓN ESTABLE DE HECHO, entre los ciudadanos: RODRIGO LEÓN y DORIS JOSEFINA MUÑOZ YEPEZ, antes identificados, con el acta N° 137 de fecha 20 de junio de 2011, expedido por la Oficina de Registro Civil, del Municipio Nirgua, estado Yaracuy, y correspondiente al año 2011, y cuya certificación corre al folio 4 de esta causa, tal como se ha dejado establecido, se considera innecesario efectuar un procedimiento judicial para su declaratoria y por tanto la petición efectuada a ese respecto se declara IMPROCEDENTE, Así se decide.
El Juez Titular
Abog. Iván Palencia Arias
La Secretaria Titular
Abog. Melida Rodríguez