este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana, FRANCISCA VALERIA VALERA, titular de la cédula de identidad Nº 7.518.307 en representación y beneficio de sus hijas, Identidades omitidas de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en contra del ciudadano JOSÉ LORENZO CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 7.588.315 y domiciliado en la Calle Bolivar, Guama, Municipio Autónomo Sucre del Estado Yaracuy; y considera fijar el monto de la Obligación Alimentaria a la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 120.000,00) MENSUALES, adicionalmente por concepto de útiles escolares en el mes de septiembre de cada año, considera fijar una cuota extra de: CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARE.....