PRIMERO: IMPROCEDENTE el alegato de falta de cualidad e interés solicitada por la parte demandada; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS interpuesta por la ciudadana MARIA ELOINA CORDERO, madre y ascendiente directo del de cujus ROSELIANO CORDERO contra la sociedad mercantil CONCRETERA OL-BLO-CO S. R. L.; TERCERO: Se condena a la parte demandada: CONCRETERA OL-BLO-CO S. R. L, al pago de los montos y conceptos que se expresen en el texto integro de la sentencia. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo. QUINTO: Se deja constancia que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEXTO: Este Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.