este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Ofrecimiento de Obligación de Manutención, formulada por el ciudadano NÉSTOR DANIEL DURAN RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº V-19.414.279, asistido por el abogado en ejercicio Alwil Del Mar Vizcaya, quien está inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 169.518, en contra de la ciudadana Wilimar Dioselin Osorio Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.542.933, en beneficio de su hija "Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y adolescentes" de siete (07) años, y se fija la cantidad de cuarenta bolívares digitales (Bs.D.40,00) mensuales por manutención, para el mes de agosto la cantidad de cien bolívares digitales (Bs D.100,00), para uniform.....