DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, interpuesto por la ciudadana BLANCA FLOR COLMENARES, plenamente identificada en autos.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: SE ACUERDA IGUALMENTE LA DEVOLUCIÓN DE LAS COPIAS CERTIFICADAS que se encuentran en el presente expediente, dejándose copia certificada en su lugar, una vez la parte interesada provea de los emolumentos necesarios para la misma.