DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE EL COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, interpuesto por el abogado en ejercicio DOUGLAS JOSÉ PÁEZ SÁNCHEZ, Inpreabogado Nº 90.234, actuando en sus propios derechos y en defensa de sus propios intereses patrimoniales contra el ciudadano MOISES GARCÍA SALAZAR, plenamente identificado en autos.
SEGUNDO: SE FIJA como límite máximo de los honorarios profesionales del abogado intimante DOUGLAS JOSÉ PÁEZ SÁNCHEZ, Inpreabogado Nº 90.234, la cantidad de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 30.000.000,00), monto establecido en el escrito de reforma parcial de la demanda; hoy TREINTA BOLÍVARES (Bs. 30,00), cuyo monto se encuentra sujeta a juicio de retasa por haber la parte intimada de autos ejercido oportunamente su derecho al mismo.
TERCERO: SE ACUERDA la indexación monetaria solicitada por la parte intimante de autos, mediante experticia complementaria del fallo, a partir del día catorce (14) de octubre de 2019, fecha de interposición del escrito d.....