´´PRIMERO: IMPROCEDENTE LA HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO interpuesto por el abogado EMILIO JOSÉ ZÁMAR GUTIÉRREZ, apoderado judicial de los co demandantes ciudadanos GERARDO JOSÉ DOMÍNGUEZ GIMÉNEZ, REINALDO DOMÍNGUEZ GIMÉNEZ, YUVIRY SULAY DOMÍNGUEZ DE AULAR, ISIDRO ANTONIO DOMÍNGUEZ JIMÉNEZ, en el juicio de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA seguido por la ciudadana SAGRARIO ZULEIMA DOMÍNGUEZ DE LUGO y OTROS contra los ciudadano MIRIAN JOSEFINA MONRROY DE DOMÍNGUEZ y OTROS, llevado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, queda con toda su firmeza la sentencia dictada en fecha 19 de marzo de 2025, dictada por este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
TERCERO: No se condena en costas dada la naturaleza de la decisión.
CUARTO: Remítase el expediente al tribuna.....