DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana PIÑERO GUEDEZ YVETH RORAIMA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho y titular de la cédula de identidad N° 11.278.061, sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno INTI, que mide TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CON CINCUENTA Y UN CENTÍMETROS CUADRADOS (337,51 MTS2), con un área de construcción de CIENTO CUARENTA Y CINCO METROS CON NOVENTA Y SIETE CENTÍMETRO CUADRADOS (145,97 MTS2), ubicada en el Paují, sector I, avenida Sucre, entre calle 3 y 4, parroquia San Javier Marín, municipio San Felipe, estado Yaracuy, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: avenida Sucre que es su frente, con 11,70MTS; SUR: casa y solar que es o fue de Teodora Tejera, con 8,90MTS; ESTE: solar y casa que es o fue de María Pérez, con 25,77MTS; y OESTE: casa y solar que es o fue de Gregoria Escalona, con 14,30 y 1.....