SIN LUGAR la recusación formulada por el abogado José Clemente Pérez, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos Alejandro Iranzo Badía y María Adamowicz de Iranzo, demandados en el presente procedimiento de estimación e intimación de honorarios profesionales, incoado por el abogado Carmelo Pifano Garrido, contra el juez titular del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, abogado Humberto Brito Brito.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del Código de Procedimiento Civil, el juez recusado deberá continuar conociendo del proceso. Remítanse en su oportunidad, estas actuaciones al tribunal de origen.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 ejusdem, se impone a la parte recusante una multa de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00) pagadera a favor de la Tesorería Nacional, en una entidad bancaria receptora de fondos nacionales, cuyo pago deberá acreditar, me.....