DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción, por lo que respecta a las niñas: (Identificación Reservada), al haberse declarado SIN LUGAR la petición de manutención con respecto al bebe gestante y como consecuencia de ello se establece al ciudadano: REINALDO ANTONIO AGUILAR NIÑO, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.436.076 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de sus hijas las niñas: (Identificación Reservada) de este domicilio, por la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs.200,00), semanales, que deberá entregar directamente a la demandante, previo entrega de recibo por parte de ésta, o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada semana p.....