PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Desalojo han incoado los ciudadanos GIUSEPPE MASTRANGELO CABRERA y RODOLFO MASTRANGELO CABRERA, contra el ciudadano JOSE AGUSTIN COLMENAREZ SANCHEZ, ambas partes plenamente identificadas al comienzo de este fallo en consecuencia se hacen las siguientes declaratorias:
SEGUNDO: Se condena al demandado, ciudadano JOSE AGUSTIN COLMENAREZ SANCHEZ, ya identificado, a cancelar la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA BOLIVARES FUERTES (Bs..F. 240,oo) equivalentes a los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de Agosto y Septiembre del año 2008 por concepto de cánones insolutos.
TERCERO: Por la naturaleza del fallo y por contraria aplicación del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.