Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Con lugar la solicitud de Divorcio 185 , concatenado con la Sentencia vinculante Nº 1070, emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 9 de diciembre del año 2016; interpuesta por los ciudadanos ZOBEYDA JACQUELINE GALLARDO AREVALO Y RICARDO MANUEL PEREIRA COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédula de identidad Nros. V-13.797.900 y V-12.285.423 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada BETTY DEL CARMEN CAMACARO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 180.167. SEGUNDO: DECRETA: la disolución del vínculo matrimonial contraído entre los ciudadanos ZOBEYDA JACQUELINE GALLARDO AREVALO Y RI.....