DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, establece al ciudadano: FELIX ANTONIO CUEVA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.468.116 y de este domicilio, cumplir una una obligación de manutención así:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor de su hijo el niño (Identificación Reservada), por la cantidad de CIENTO CUARENTA BOLIVARES (Bs. 140,00) semanales que deberá entregar en efectivo, al inicio de cada semana, por ante este Tribunal o en su defecto los depositará en la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Segundo: Cubrir en el mes de diciembre el 50% de los gastos relacionados con la adquisición de bienes de navidad y de fin de año que requiera el niño en cuyo beneficio se fija esta obligación de manutención.-
Tercero: Cubrir, al menos .....