declara la incompetencia de este Tribunal para conocer de la presente solicitud de INSPECCION JUDICIAL EXTRA LITEM, presentada por el abogado RUBÉN ALFONSO JOSÉ VILLEGAS C., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 153.215, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LILIAN MARÍA OROZCO HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-11.275.393; y en consecuencia, declina la competencia por la materia en el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, y así se decide.
Una vez que quede firme la presente decisión, désele salida en los Libros respectivos y remítase acompañado de Oficio.
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en la ciudad de San Felipe, a los d.....