PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer el presente RECURSO DE QUEJA, interpuesto en fecha (06-11-2017), la profesional del derecho YENNIS MILAGRO SILVA BOLÍVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.888.079, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 161.792, en su carácter de Apoderada Judicial de la Ciudadana HILIANA COROMOTO SUAREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.483.140 contra la ciudadana ILEANA NOHEMI ROJAS ROJAS, en su condición de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO formulado en fecha (11-04-2018), sobre el presente RECURSO DE QUEJA interpuesto en fecha (06-11-2017), la profesional del derecho YENNIS MILAGRO SILVA BOLÍVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.888.079, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 161.7.....