Vista la diligencia suscrita por los Apoderados Judiciales de la parte demandante Abg. ZAFIRO NAVAS y la parte Demandada Abg. ANDRES OCHOA, quienes solicitaron la SUSPENSION de la Prolongación de la Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy VIERNES DIECISEIS (16) DE MAYO DE 2008, a las 10:00 AM, de conformidad con el articulo 202 del Código de procedimiento Civil en concordancia con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, quien Juzga, acuerda la SUSPENSION de la Audiencia Preliminar Prolongada, por consiguiente, fija dicha Audiencia para el día MIERCOLES VEINTIOCHO (28) DE MAYO DE 2008, a las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM) de la mañana, la oportunidad para que tenga lugar dicha Audiencia Preliminar Prolongación, sin necesidad de notificación a las partes, ya que las mismas se encuentran a derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-