PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO planteado por el profesional del derecho German Guerra, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 143.880 en la demanda interpuesta por los ciudadanos Jonathan Gómez, Víctor Quero, Eduardo Vargas, José Hidalgo, Ademar Mendoza, Claret Antillano y José Silva, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.732.801, 20.321.955, 16.974.703, 16.191.273, 18.684.150, 7.395.015 y 16.974.706, respectivamente en contra de la Sociedad Mercantil Colorificio Pordecar, C.A. representada por José Maria Tombazzi Massa. por cumplimiento de beneficios laborales.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones al tribunal de origen una vez que trascurra el lapso establecido en la ley.