Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y siendo que en el presente asunto se permite la mediación, ya que no se vulnera derecho ni norma procesal alguna, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR FUERA DEL PAIS, para que el niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, nacido en fecha 3 de septiembre de 2017, Pasaporte Venezolano Nº 195661945, pueda viajar en compañía de su progenitora, la ciudadana GUSMAILIN YOSELIN CORONADO ROMERO