DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y como consecuencia de ello establece al ciudadano: FRANCISCO DAVID CASTILLO GUANIPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.073.987 y de este domicilio la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de sus hijas las niñas: (Identificación reservada) y de este domicilio, por la cantidad de de QUINIENTOS SETENTA BOLIVARES (Bs. 570,00) MENSUALES, o de DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 285,00) quincenales o CIENTO CUARENTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 142,00) semanales, consignándolos por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Cumplir, adicional a la cuota de manutención, con pagar una cuota extra de QUINIEN.....