REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Nirgua, dieciséis de julio del año dos mil doce.-
202º y 153º
Vista el acta que riela al folio diez (10) del presente expediente, donde se evidencia que los ciudadanos: MARIA CAROLINA MORENO VALERO Y JUAN CARLOS GALINDEZ PIRELA, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.159.814 y V-12.285.286 parte demandada y demandante, respectivamente, convinieron el monto por solicitud de REVISION DE SENTENCIA POR OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de la adolescente: (Identificación Reservada), de doce (12) años de edad, y donde la madre de la misma: "Esta de acuerdo que la manutención y demás gastos a favor de su hija sean ajustadas quedando de la sigu.....