Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, interpusiera la ciudadana EMA RIOLAMA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.560.495, domiciliada en el municipio Independencia, estado Yaracuy, en la calle de servicio final de la calle 32, frente a la estación de servicio Savayo, representada judicialmente por la abogada MARISELA HERNANDEZ VEGA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 20.581, en contra del ciudadano JORGE LUIS CONDE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.125.504, domiciliado en la calle 16, entre avenidas 3 y 4, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistido por el abogado ROMULO HECTOR ESTANGA GRATEROL, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 14.571, de conformidad con el artículo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordanci.....