esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados RAFAEL DELGADO RAMOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero 11.647.787, inscrito en el I.P.S.A bajo el numero 73.108, actuando en su condición de Abogado defensor de los ciudadanos, Joel De Jesús Bravo; Venezolano, Mayor de edad, titular de las cédula de identidad Número 4.967.608 y Milexys Corniel, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero 13.98S.152 y Abg. Denys Salazar y Luís José Magallanes, inscritos en el I.P.S.A bajo los Números: 112.959; 62.230 respectivamente Abogados defensores del ciudadano, Emigdio Aranguibel Graterol; Venezolano y en consecuencia se ratifica en cada una de sus partes el auto apelado el cual fue dictado conforme a las previsiones establecidas en la norma adjetiva Penal y así se decide