Cumplidos los requisitos exigidos en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, este Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE los Recursos de Casación anunciados, el primero por la representación judicial del demandante abogado PASCUALINO DI EGIDIO VITALONE, antes identificado, en fecha (09/03/10), y el segundo, por la representación judicial del demandado abogado EMILIO JOSÉ ZAMAR, igualmente identificado, en fecha (15/03/10); ambos ejercidos contra la decisión emitida por este Juzgado en fecha ocho (8) de marzo de dos mil diez (2010).