DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, con sede en San Felipe, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Se acuerda la calificación de detención flagrancia del ciudadano JOSE RAFAEL CHIRINOS GARCIA, por de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano
2) Se acuerda la continuación por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
3) No se admite la precalificación jurídica del delito de ASALTO DE VEHICULO DE TRANSPORTE y en consecuencia se decreta libertad plena para el ciudadano NADIN JOSE GOMEZ VERA.
4) Se le impone al imputado .....