en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, al ciudadano REINALDO JOSE DORANTE ALVAREZ y a la niña y adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTEdel ciudadano MAXIMO RAFAEL DORANTE PACHECO, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro 7.581.676, fallecido ab-intestato, en fecha 26 de mayo de 2007, sin perjuicio de terceros con iguales o mejores derechos.
Devuélvase los originales con sus resultas al solicitante y déjese copia fotostática certificada en el archivo de este Tribunal.
La Juez,
Abg. Emir J. Morr N. La Secretaria,
Abg. Reina Villegas.
En esta misma fecha, siendo las 2:40 p.m, se registró y publicó la anterior decisión.
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