DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR; la acción de REIVINDICACION incoada por los ciudadanos: LUIS CANELA ROBERT y MANUEL VICENTE NAVAS PIETRI, venezolanos, mayores de edad, soltero el primero y casado el segundo, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 6.128.400 y 3.261.070 y de profesiones Ingeniero y Abogado, respectivamente, representados judicialmente por la Abogado Carmen Elisa Castro G., Inpreabogado No. 31.631, contra la ciudadana: SOFIA LOURDES CAMPO DE QUEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 7.919.805 y de éste domicilio; quien estuvo asistida por la abogada en ejercicio Alejandra Delvigne Mendoza, Inpreabogado numero 108.984.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se condena en costa a las partes perdidosas ciudadanos LUIS CANELA ROBERT y MANUEL VICENTE NAVAS PIETRI, conforme al articulo 274 del Código de Procedimiento Civil, y así se declara.