En mérito de las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado Manuel Alberto Galíndez Mújica, apoderado del demandante, contra el auto dictado el 16 de noviembre de 2010 por el Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, que negó oír la apelación interpuesta.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de lo decidido.