Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano EVELIO JOSE TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 24.165.142 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propiedad Nacional, ubicado en la Calle Principal entre Terrenos Agrícolas de la Comunidad la Cañería de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 844,90 Mts2 y un área de construcción de 47,36 Mts2