DISPOSITIVA
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA PRESENTE ACCIÓN, por haber quedado demostrada la falta de legitimidad de los actores para intentar y sostener el presente juicio
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante por haber resultado vencida totalmente.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de despacho del Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Nirgua a los Diecisiete (17) días del mes de Julio del Año Dos Mil Seis.- Año 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-
EL JUEZ TITULAR
Abog. Iván Palencia Arias
La Secretaria Suplente
Abog. Adriana Rodríguez
En esta misma fecha y siendo las 2:30 p.m. se publicó la anterior decisión.
La Secretaria Suplente.
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