PRIMERO: Se decreta la EJECUCIÓN FORZOSA de la Sentencia dictada por el Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en fecha 6 de octubre de 2023, conforme a lo establecido en el artículo 531 del Código de Procedimiento Civil, tal y como quedó ordenado en los particulares quinto y sexto del dispositivo de la sentencia: QUINTO: Se ordena a la parte demandada RAFIK NASSER SOULEIMAN Y SUCESORES, representada por RAFIK NASSER SOULEIMAN, proceda a expedir factura legal en bolívares equivalentes a SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO DÓLARES ($66.364) al tipo de cambio del Banco Central de Venezuela a la tasa de cambio legal vigente para el momento de cumplir con la obligación condenada en la presente sentencia, y que corresponde al procesamiento de 453,13 toneladas de melaza. En caso de no cumplir esta obligación en el término que se le conceda para el cumplimiento voluntario de la sentencia, se considerará esta.....